Seguramente habrás escuchado sobre las nuevas medidas tecnológicas de protección al derecho de autor que el Congreso mexicano aprobó. Pero ¿qué significan, de qué tratan y, sobre todo, de qué manera nos afectarán?
El tema se ha vuelto muy controversial, dado que pone a discusión diversos objetivos como los derechos de autor, la libertar de expresión y la propiedad industrial. Sin embargo, el origen o la antesala de las medidas tomadas se deben a la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
La iniciativa de reforma de esta ley contempla sanciones de hasta 10 años de prisión por evadir “medidas tecnológicas de protección” o “candados digitales” impuestos por fabricantes o desarrolladores de hardware y software con el objetivo de evitar el acceso o copia de la información contenida en los equipos y sistemas e impedir infracciones a sus derechos de autor.
Se trata del originalmente acuerdo conocido como el ‘TLC’ o ‘TLCAN’ y que ahora recibe el nombre de Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá. Dado que se trata de una acuerdo entre países, surgen temas de interés común; en esta medida, el T-MEC se relaciona con esta ley porque el mismo tratado busca fortalecer la protección de derechos de autor y combate a la piratería. Por esta razón, México tuvo que adaptar su legislación.
Algunas organizaciones como R3D consideran que dicha reforma a la Ley impondría censura digital, al utilizar el mecanismo “notificación y retirada”, que no es más que la acción que obligaría a los proveedores de Internet a eliminar publicaciones o contenidos de sus usuarios, sin siquiera consultarlos, cuando alguien impusiera alguna queja de que están violando sus derechos de autor.
Es decir, cualquier contenido que compartas en internet como videos, textos, imágenes y archivos es susceptible de ser censurado. Ahora, será más común que te encuentres con la leyenda “hemos bloqueado tu video” y hasta tus memes podrían sufrir.
Cualquier persona puede alegar que el contenido que subiste a internet le pertenece. Por tanto, los proveedores de servicios en línea como YouTube y las distintas redes sociales pueden bloquear tu contenido.
Vladimir Cortés, del Programa de Derechos Digitales de Artículo 19, dice que se censura sin contar con pruebas. No se tiene que demostrar ante un juez que el contenido es violatorio de derechos de autor. Lo que se está haciendo es censurar primero y averiguar después.
“Es una clara violación al derecho de libertad de expresión. También al debido proceso y a las garantías judiciales que tenemos constitucionalmente”, explica.
¿Esto será permanente?
Es posible que la incoformidad, aunado a la premura de la aprobación de estas leyes, requieran de múltiples modificaciones. Jorge Bravo, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), dice que la batalla no está perdida.
“Seguramente vendrán acciones de inconstitucionalidad por parte de diversos actores que se ven afectados, como proveedores de internet”.
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